TRADUCCIÓN

domingo, 1 de junio de 2014

LOS TRECE JUICIOS DE NUREMBERG




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 Si bien y a lo largo de la historia de la humanidad los pueblos han luchado entre sí para ampliar sus fronteras y apropiarse de sus riquezas y recursos, las dos principales guerras fueron especialmente cruentas y universales.
Fueron cruentas porque en ambas se involucraron países de varios continentes que diezmaron sus recursos humanos, industriales y sociales.
Fueron universales porque no sólo influyó a aquellos Estados que se enfrentaban, sino que la aparición de la fotografía y la radio dieron una cobertura mundial; la prensa informaba de los conflictos interestatales pero la fotografía y la radio daban mayor pasión y realidad de las batallas y causaban un interés incluso a ciudadanos y líderes de países no involucrados en las guerras.
La Segunda Gran Guerra se diferenció de todas las anteriores, en cualquier período histórico, porque no solamente afectó a soldados empeñados en matarse para conquistar o defender posiciones, sino que Alemania, la nazificada, rompió todos los esquemas y principios bélicos al añadir en sus planes expansionistas la eliminación de seres humanos considerados tanto enemigos del pueblo alemán como de la raza, mediante el exterminio masivo y usando el poder para el sometimiento de la población alemana primero y europea después. 
Por primera vez los Estados vencedores (Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia y la Unión Soviética) promulgan unos Estatutos mediante los cuales ya no sancionan a la potencia perdedora, sino que persiguen, detienen y juzgan a sus líderes de forma individualizada como responsables de los crímenes cometidos tanto dentro como fuera de sus fronteras naturales.
Se crean figuras legales como Crímenes de Guerra o Contra la Humanidad para condensar de forma legible los crímenes cometidos contra la población civil y prisioneros de guerra desarmados; se penaliza nominalmente a quienes rebasan todos los principios que diferencian al ser humano de la bestia amparándose en el poder y el miedo de sus víctimas.
El resultado de Nuremberg para los años posteriores ha sido fructífero; conflictos bélicos internos o extraterritoriales han sido observados por la Sociedad de Naciones primero (1919-1946) y la Organización de Naciones Unidas después (desde 1945) para garantizar que estos conflictos se resuelvan dentro de unos protocolos de respeto y coherencia primando siempre las decisiones de cada pueblo pudiendo intervenir para mediar y pacificar las partes implicadas en los conflictos y el mantenimiento de unas reglas justas y equitativas para cada una de ellas; por supuesto la protección de la población indefensa y la capacidad de perseguir y juzgar a los líderes de una determinada nación pueden considerarse los principales logros de Nuremberg.
Creo firmemente en que cada ciudadano de un Estado es un pequeño propietario de la nación; los ciudadanos siempre deben disponer de unas libertades garantizadas y avaladas por sus electos representantes a fin de que, partiendo de cada uno de ellos y terminando en el conjunto de todos ellos, decidan libremente su futuro. Por esta razón, Nuremberg no fue simplemente un juicio común, sino el comienzo de un proceso encaminado a garantizar de forma universal los derechos fundamentales de cada nación con capacidad sancionadora para, de forma individualizada y nominal, a quien niegue y suprima que cada habitante posea libertad para tomar sus propias decisiones, viva en el respeto hacia sus conciudadanos sin menosprecio por religión, etnia, cultura o discapacidad.
Estos valores, defendidos en Nuremberg, son los que nos forman como personas integrantes de una sociedad libre, madura y asentada en principios morales y éticos perfectamente coordinados y establecidos. 
En total en Nuremberg se celebraron 12 Juicios, uno, el principal, cuyos integrantes del Tribunal, tanto Jueces como Fiscales y Abogados, eran representantes de las cuatro potencias vencedoras; los once Juicios restantes fueron presididos por Jueces y Fiscales exclusivamente norteamericanos y utilizando la misma Sala 600 de Nuremberg. Es curioso este detalle porque Estados Unidos nunca presionó al resto de países aliados para se uniesen a ellos y participar conjuntamente en estos once juicios.
Por mi parte, entre los Juicios de Nuremberg y los celebrados en otros lugares se llegó a encausar a todo el entramado nazi y sus siguientes ramificaciones:
1.  
Brazo político y legislativo: Gobierno nazi compuesto por el Partido Nazi (NSDAP) y cuyos integrantes dieron las órdenes precisas para la humillación, segregación, sometimiento y opresión tanto de Alemania como de los países invadidos desde 1939 produciendo, de forma deliberada, la muerte de varios millones de seres humanos utilizando medios perfectamente organizados para el exterminio en masa.
Este Gobierno anuló a la oposición parlamentaria y a los sindicatos obreros colocando a su propio partido, el NSDAP, como cabeza del poder alemán. Esto es la imposición de la dictadura. 
2.  
Brazo social: La Sanidad nacional, que se puso al servicio de las Leyes Raciales, y los médicos que experimentaron con seres humanos sin su consentimiento y a los que produjeron torturas y muerte con total desprecio hacia la vida. En este brazo incluyo a los médicos militares de la SS y civiles adscritos al régimen hitleriano que realizaron sus experimentos en campos de concentración y exterminio y participaron de buen grado en el asesinato mediante la práctica de la eutanasia, tanto activa como pasiva, de discapacitados físicos y psíquicos y la ejecución de la esterilización humana como medio de prevención de la reproducción racial selectiva.
3.
Brazo judicial: El Órgano Judicial del Estado con sus Jueces y Abogados que acatando en silencio las nuevas disposiciones impuestas por Adolf Hitler y su gobierno, dictaron a su vez sentencias judiciales ilegítimas e incompatibles con los Derechos y Libertades fundamentales inherentes a todo ser humano con el resultado de incapacitación de por vida, prisión y muerte de miles de ciudadanos.
4.
Brazo industrial: La industria alemana y su fortalecimiento mediante la esclavitud en beneficio propio; muchas industrias alemanas utilizaron mano de obra esclavizada proveniente de los ghettos y campos de concentración y de exterminio a los que trataron como ganado mediante la compra o alquiler de cada uno de ellos y tratados brutalmente hasta la extenuación muriendo un gran número de estos prisioneros por el hambre, agotamiento y trato inhumano.
5.
Brazo militar: El ejército como tal y su implicación en Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad por el control de la población alemana primero y de los países invadidos después para efectuar la depuración racial y política mediante el confinamiento y asesinato de quienes eran considerados tanto enemigos del pueblo (comunistas, Testigos de Jehová, etc...) como de la raza aria (judíos, gitanos, etc...); el ejército nazificado de Adolf Hitler asumió la adhesión de la SA, transformada en la SS, como militares que tomaron el control de los campos de concentración y exterminio diseminados por toda Europa en donde, de forma organizada, estructurada y mecanizada, procedieron al exterminio sistemático de más de 6 millones de seres humanos indefensos.
Otros Juicios no expuestos en este libro y celebrados en campos de concentración y exterminio también poseen un valor tanto histórico como ejemplarizante porque sirvieron para sentar en el banquillo de los acusados de forma nominal y no representativa a quienes, mediante su posición o cargo, cometieron Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad en cualesquiera de sus formas y ámbito.

   CONCEPTOS Y BASES LEGALES PARA LOS JUICIOS: DEFINICIÓN
Se conoce como los Juicios de Nuremberg al conjunto de juicios y sus sesiones celebrados en esta ciudad en los que se juzgó tanto a la jerarquía del gobierno nazi como a los responsables de haber cometido Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad durante el desarrollo de la Segunda Guerra Mundial, es decir, desde el 1 de septiembre de 1939 con la invasión alemana a Polonia y la capitulación del ejército germano ante las tropas aliadas el 8 de mayo de 1945.

   CONCEPTO DE CRÍMENES DE GUERRA RESPECTO A ALEMANIA
Las potencias vencedoras contra Alemania definieron los Crímenes de Guerra como la violación y anulación sistemática de los derechos y libertades de la población civil y militar tanto en Alemania como en el resto de países invadidos por este.
Como Crímenes de Guerra se entendieron aquellos actos en los que fuerzas armadas alemanas asesinaron a tanto a civiles como a prisioneros de guerra sin un motivo de defensa propia o que supusiese una amenaza potencial a la integridad de las fronteras alemanas o que el Estado se viese minado en sus principios elementales como tal.
 Se consideraron Criminales de Guerra a los siguientes sujetos o estamentos:
1.  
Jerarquía nazi:
a.  
Dictaron Leyes y Decretos contra la población no aria a fin de suprimir sus derechos fundamentales como la exclusión de la educación, libertad de culto, propiedad y trabajo.
b.  
Dieron órdenes precisas para la segregación cultural, religiosa y étnica así como la creación de ghettos a fin de recluir y esclavizar contra su voluntad a quienes eran considerados no arios o subhumanos en beneficio del gobierno nazi.
c.
Dieron órdenes precisas para el levantamiento de campos de concentración en donde recluir a los considerados no arios y ser tratados como mano de obra esclavizada mediante la fuerza en beneficio del estado nazi. Para este fin se crearon organismos específicos que regulaban los transportes por ferrocarril desde toda la Europa invadida hacia estos campos de concentración y exterminio ubicados en Alemania, Holanda, Bélgica, Bielorrusia, Polonia, etc...
d.
Dieron órdenes precisas para el levantamiento de campos de exterminio en donde asesinar de forma masiva a los considerados no arios mediante el empleo de la fuerza. Para este fin se crearon organismos específicos que regulaban los transportes por ferrocarril desde toda la Europa invadida hacia estos campos de exterminio ubicados principalmente en Polonia.
2.  
Ideólogos nazis: Personas con alto nivel cultural o social que, afines y afiliados al Partido Nazi y ocupando cargos de responsabilidad en la política nacional, influyeron sobre la población mediante la prensa y la radio con el objetivo de provocar desprecio y odio infundado contra los considerados no arios.
3.
Responsables de la Solución Final al Problema Judío: Quienes, mediante su cargo político y militar, acataron las órdenes, y las dieron a su vez, de segregación, reclusión, esclavización y aniquilación de los considerados no arios.
4.
Los Einsatzgruppen: Quienes organizados y estructurados siguieron a las tropas alemanas en su avance hacia la Unión Soviética con el único objetivo de asesinar en su totalidad a cuantos considerados no arios encontraban en ciudades y pueblos recién invadidos.
5.
Los médicos:
a.  
Tanto civiles como militares y con total desprecio hacia la vida humana, utilizaron a prisioneros de los campos de concentración y exterminio para experimentos médicos injustificados y produciendo en sus víctimas lesiones irreversibles y extremadamente dolorosas para acabar finalmente falleciendo por estos experimentos.
b.  
Tanto civiles como militares, llevaron a cabo la Operación T4f13 por la que fueron asesinados en los sanatorios mentales de Alemania más de 71.000 enfermos psíquicos y físicos bajo la excusa de ser “vidas indignas de ser vividas”.
c.
Tanto civiles como militares, utilizaron diversos medios como Rayos-X o inyecciones para producir la esterilización de mujeres con el único objetivo de evitar la procreación en aquellos grupos considerados no arios.
6.
Responsables de los campos de concentración y exterminio: Al margen de las órdenes recibidas de esclavizar y/o asesinar a los prisioneros e influenciados por su ideología nazi, no pusieron reparo alguno en acatar dichas órdenes a sabiendas de que estos actos eran inmorales y carecían de legalidad ya que ni uno sólo de los prisioneros esclavizados y/o asesinados, bien civiles bien prisioneros de guerra, habían sido sometidos a un juicio justo.
7.
Empresas beneficiadas de la esclavitud:
a.  
Empresas que compraron o alquilaron a prisioneros para ser utilizados como mano de obra esclava en las diferentes factorías que se asentaban en las cercanías de los campos de concentración y exterminio y que mayormente perecían de hambre y agotamiento.
b.  
Empresas que compraron a prisioneros para ser utilizados como cobayas en experimentos médicos y químicos o ensayos militares y que principalmente terminaban con la irremediable muerte de los prisioneros.
8.
Jueces: Aplicaron las Leyes y Decretos dictados por Adolf Hitler siendo conscientes de que los resultados atentaban contra los derechos de los ciudadanos; también sabían que las sentencias emitidas por ellos eran injustas por lo que firmaron órdenes de esterilización, muerte y otras sin considerar la legalidad y efectividad de las mismas.

   QUIENES FUERON CONSIDERADOS NO ARIOS
Aunque el objetivo principal era la población judía alemana primero y europea después, también se consideraron no arios los siguientes grupos:
1.  
Cultural: Comunistas, etc...
2.  
Religioso: Judíos, Testigos de Jehová, católicos no afines al régimen, etc...
3.
Local: Polacos, bielorrusos, checos, etc...
4.
No aptos: Discapacitados psíquicos y físicos, enfermos mentales, etc...
5.
Étnicos: Gitanos, etc...
6.
Sociales: Homosexuales, lesbianas, etc...

   CONSIDERACIONES PREVIAS A LOS JUICIOS DE NUREMBERG
Desde la llegada de Adolf Hitler al poder el 30 de Enero de 1933 hasta la capitulación alemana el 8 de Mayo de 1945 se produjeron los siguientes hechos que constituyeron la mayor aberración política de la historia sometiendo a Europa a un genocidio internacional:
1.  
Imposición de Leyes y Decretos discriminatorios.
2.  
Marginación social, ideológica, educativa, religiosa, étnica, laboral y de propiedad.
3.
Expoliación de la propiedad privada.
4.
Traslado forzoso a ghettos con fines segregacionistas y/o esclavitud.
5.
Traslado forzoso a campos de concentración con fines de esclavitud.
6.
Traslado forzoso a campos de exterminio con fines de aniquilación total.
Todos estos puntos fueron establecidos por este orden de forma estructurada y llevados a la práctica mediante mecanismos bien definidos por el gobierno nazi a fin de conseguir eliminar a unos 18,5 millones de judíos de toda Europa así como a gitanos romas y sintis, ciudadanos de países clasificados como subhumanos y cultos y tendencias religiosas y políticas no acordes a las leyes raciales nazis.

   BASES ESTABLECIDAS PARA JUZGAR LOS CRÍMENES DE GUERRA
El 8 de Agosto de 1945 se reúnen en Londres representantes de Gran Bretaña, Estados Unidos, Unión Soviética y el Gobierno Provisional de Francia que acuerdan la creación de un Tribunal Penal Militar Internacional. 
Este Tribunal establece unos Estatutos con el fin de someter a juicio a quienes han sido responsables directos e indirectos de los Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad cometidos en Europa y anteriormente enunciados. Así mismo se incluyen en los Estatutos todas las medidas legales que aseguren a los procesados una defensa veraz y legal ante las acusaciones de las que son objeto.
No cabe duda que comenzando por los acusados y terminando por otros países en la línea política de la Alemania nazi cuestionaron la legitimidad de este Tribunal ya que era la primera vez que se tomaban medidas disciplinarias y sancionadoras contra un gobierno independiente; no existían precedentes históricos.
Finalmente estos Estatutos son aplicados en base a los siguientes puntos:
1.  
Se rescata el concepto de Crimen contra la Humanidad que ya se definió en la Convención de La Haya de 1907 y que entró en vigor el 22 de Enero de 1910.
2.  
Se clasifican los delitos cometidos y por primera vez se tipifican.
3.
Se cambia el aspecto de las Reglas de Derecho sobre las relaciones entre diferentes Estados y también, por primera vez, se valoran los delitos cometidos por individuos de cada Estado y los Derechos y Deberes de cada uno de los ciudadanos del mismo.
4.
Se admite perseguir a ciudadanos, líderes o no, de un país determinado cuando por la clasificación de su delito así se determine.
Estas nuevas reglas internacionales son aprobadas por las anteriormente citadas potencias mundiales vencedoras que sientan precedente para la futura consolidación del Tribunal Penal Internacional de La Haya.
Si bien en un principio son estas cuatro potencias las promotoras de los Estatutos, otros 19 países más suscribirán su apoyo a las mismas.

   LUGAR ELEGIDO PARA LOS JUICIOS Y SUS SESIONES
Sala 600 del Palacio de Justicia de Nuremberg en la avenida Further Strasse. El motivo de esta elección era que el edificio no había sido dañado por los bombardeos, disponía de unos 22.000 metros cuadrados de espacio, más de 500 oficinas, unas 80 salas de juicio y poseer una prisión anexa.

   PROCESADOS Y TESTIGOS
PETICIONES DE PROCESAMIENTO: 4.850.
PROCESADOS REALMENTE: 611 personas.
TESTIGOS PRESENTES: 360.
TESTIGOS NO PRESENTES QUE APORTAN DECLARACIÓN JURADA: 2.000.

   LEGISLACIÓN INTERNACIONAL RELATIVA A LOS DERECHOS HUMANOS Y OTROS
Jurisdicción Universal (La), catorce principios fundamentales sobre el ejercicio eficaz de la jurisdicción universal.
Tratado de Versalles de 1919 (El) (Pdf) - 461 páginas.
   DOCUMENTOS ADICIONALES
Véase el documento "Nuremberg, los argumentos de la defensa", por Carlos W. Porter.
Véase el documento "¿Los Juicios de Nuremberg fueron un precedente internacional?", por Hans Kelseng.
Véase el documento "Nuremberg, la última batalla", por David Irwing.
Véase el documento "120 preguntas sobre el Holocausto".
Véase el "Interrogatorio a Hermann Goering" el 10 de Mayo de 1945 por tropas USA. 
Véase el "Documento desclasificado y facilitado por la CIA" de los Estados Unidos de América compuesto de 47 páginas en el que se recogen TODOS los interrogatorios practicados en Nuremberg a prisioneros de guerra nazis con detalle de sus nombres y apellidos, fechas de los procesamientos, unidades encargadas de procesarlos así como un listado adicional de todos aquellos civiles y militares nazis juzgados por el Tribunal de Nuremberg. 
Véase la "Trascripción al castellano" del Juicio y 10 de sus sesiones principales (Nuremberg contra la jerarquía nazi). En este archivo de detalla con minuciosidad el juicio contra la jerarquía nazi. Un documento creado por el autor de esta web.




Distribución de la Sala
600 de Nuremberg

General Telford Taylor,
 fiscal Jefe durante el Juicio

Charles M. LaFollette,
representante francés

Juez Rober H. Jackson

Roman Andreevich Rudenko,
Fiscal Jefe ruso

James M. McHaney,
Fiscal Jefe durante
el Juicio de los Doctores

Traductores de inglés, francés,
ruso y alemán ante las
consolas de traducción

Hans Fritzsche entra a la
Sala escoltado por un
Policía Militar USA

Hermann Goering
en su celda de Nuremberg

Hans Frank
en su celda de Nuremberg

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