En el primer semestre de 2012, los grandes bancos españoles ingresaron 14.000 millones de euros por comisiones. Evitar estos gastos es muy complicado para los clientes, y la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, que permite a las entidades fijar de manera libre sus comisiones y tarifas, no ha supuesto una mejora en las garantías de los consumidores. Desde Consumer enumeran las principales comisiones que aplican los bancos y se indica si son o no obligatorias para el consumidor.
Las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito cobran a los clientes en compensación por sus servicios, como el envío de transferencias, cambio de divisas, administración de cuentas, el estudio de un préstamo o las comisiones por las tarjetas de crédito, según define el Banco de España es su web. Las entidades pueden también repercutir al cliente los gastos justificados que tengan que pagar a terceros para poder prestarle dichos servicios.
El Banco de España no puede denegar el cobro de comisiones bancarias, ni limitar sus importesEn los últimos ejercicios, su coste se ha disparado: tan solo en el pasado año, las comisiones de mantenimiento de cuenta corriente aumentaron un 78% respecto a 2011 y pasaron de 42 a 75 euros anuales; las de transferencias se incrementaron un 400%, de 5 a 20 euros. Un usuario medio puede pagar hasta 567,8 euros a su entidad en concepto de comisiones, según refleja un nuevo estudio de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae). Además, las comisiones anuales por el movimiento normal de una cuenta en España se elevan a 178 euros, frente a los 111 euros de la media europea.
Y todo ello, a pesar de la reciente entrada en vigor, el pasado 29 de abril, de la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Con la nueva orden ministerial, ha desaparecido la obligación que tenían las entidades de elaborar un folleto de tarifas máximas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a clientes, ya que la información es individual a cada usuario y previa a la realización de la operación. Además, si deciden informar de forma voluntaria en sus folletos, las citadas comisiones pueden tener o no el carácter de máximas.
Según el Banco de España, las comisiones deben ser adecuadas a las operaciones existentes en la cuenta y deben corresponder a un servicio efectivamente prestado. Sin embargo, comisiones como la reclamación por descubiertos se realizan de manera automática. Además, las entidades pueden modificar de forma unilateral las comisiones de mantenimiento y administración, siempre y cuando se comunique al cliente y se exponga en el tablón de anuncios de las entidades. Como novedad, a partir de enero de 2014, cada cliente recibirá una comunicación anual informando de las comisiones, gastos e intereses aplicados a sus posiciones durante el ejercicio anterior.
Principales comisiones, ¿son todas obligatorias?
- Comisión por mantenimiento y administración. Han subido un 78% respecto a 2011, pero son casi inexistentes entre la banca on line. Hay que negociar para eliminar las de servicios.
- Comisión por transferencia. Han sufrido un aumento de hasta el 400% en solo un año; se ha pasado de cinco euros como máximo en 2011, a los actuales 20 euros. Es aplicable en cada transferencia a una cuenta ajena a la entidad. Su coste varía si es nacional, europea o internacional.
- Comisión por tarjeta. Las tarjetas de débito han elevado un 20% sus comisiones de cuota anual, de 25 euros máximos el pasado año a los 30 euros de este año. La comisión cero de mantenimiento de tarjeta suele ser en la de débito, sin incluir las de crédito.
- Comisión por ingreso de cheques. Aplicable al ingresar un cheque en el propio banco, su coste ha aumentado un 12% en el último año. Inexistentes en la banca por Internet.
- Comisión por descubierto y posiciones deudoras. Se aplica cuando el saldo en cuenta es negativo, números rojos. Desde 2008, esta comisión ha subido casi un 40%. El cargo por reclamación de posiciones deudoras se introduce por la comunicación de un retraso en el pago de una cuota o cuando se produce un descubierto en una cuenta corriente.
- Comisión por retirada de efectivo. Un empleo continuado puede suponer un coste notable. Debe controlarse el uso de cajeros de distinta entidad o red y optar por tarjeta de débito.
- Comisión por estudio y apertura de crédito. Es posible evitarlas si se solicitan dentro de condiciones especiales, préstamos para jóvenes, autónomos o pequeñas empresas. La comisión de estudio de hipoteca subió un 42% este año y la de apertura es de 622 euros.
- Nuevas comisiones. Otras comisiones que los bancos no solían cargar han comenzado a cobrarlas, como las comisiones por apunte en cuenta, las de costos por créditos o las de estudio de un crédito personal, un 23% más elevadas respecto a enero de 2012.
Las entidades de crédito tienen libertad para establecer sus comisiones bancarias y gastos repercutibles, siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. Más allá de esta condición, no hay ningún límite a su importe, salvo que de forma particular y expresa se haya introducido por una disposición legal. Por tanto, no cabe hablar de comisiones obligatorias o no. El Banco de España no puede denegar su cobro, ni limitar sus importes.
La normativa que regula la transparencia informativa en operaciones bancarias (Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre), así como en servicios de pago (Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio), exige una información personalizada al cliente antes de prestar el servicio acerca de lo que tiene que pagar.
Las tarifas de las comisiones bancarias son libres, excepto: la de cancelación o amortización anticipada total de un préstamo hipotecario, limitada al 1%; y la de cancelación o reembolso anticipado de un crédito al consumo, que debe estar por debajo del 1% si para la finalización del contrato resta más de un año, y del 0,5% si es menor al año.
Cómo evitar ahogarse en comisiones
- Negociar con la entidad. Disponer de un alto saldo en cuenta a cambio de contratos de vinculación con la entidad permitirá negociar el coste o eliminación de las comisiones.
- Hay que saber que las entidades pueden decidir los servicios que ofrecen a sus clientes, fijar sus tarifas y comisiones bancarias, pero no pueden cargar comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados por el cliente, ni cobrar dos o más veces por el mismo concepto.
- Conviene tener cuidado con las comisiones que no quedan eximidas en cuentas con cero comisiones, como por ingresos de cheques, transferencias, descubiertos o tarjetas de crédito. Para evitar las comisiones de las transferencias, se puede realizar una ordena de traspaso de efectivo mediante la banca electrónica.
- Leer, analizar en profundidad y asesorarse sobre la letra pequeña de los contratos.
- Estudiar la competencia, la banca online, si es necesario cambiar de entidad.
- Recordar que las novaciones, modificaciones en las condiciones de un préstamo, están limitadas al 0,1% del capital restante por amortizar en préstamos a interés variable.
- Las entidades deben brindar gratis toda la información relativa a las comisiones, en sus páginas web y en la del Banco de España, para así facilitar la competencia entre entidades. La realidad ha mostrado opacidad y "formas engañosas" denunciadas ya por la UE. Ante ello, queda la reclamación y denuncia de situaciones de abusos: primero al Servicio de Atención al Cliente de la entidad financiera; después al Servicio de Reclamaciones del Banco de España; y, por último, optar por la vía judicial.
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