El Consejo de Ministros ha aprobado la tercera reforma financiera durante la
legislatura del Partido Popular y la quinta desde que arracó la crisis.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, junto con el
ministro de Economía, Luis de Guindos, ha desgranado cuáles son los pilares del
nuevo marco bancario, imprescindible para que Europa preste al sistema
financiero español hasta 100.000 millones de euros.
Según ha señalado en rueda de prensa la número dos del Ejecutivo, la reforma
del sistema bancario no costará dinero a los contribuyentes. Además, tal y como
ha añadido el ministro de Economía, Luis de Guindos, servirá para evitar futuras
crisis.
El propio Guindos ha detallado que el real decreto ley consta de seis
tipos de medidas:
1. La gestión de las entidades. Este primer pilar establece
tres niveles de intervención.
A) Actuación temprana. Se pondrán en marcha cuando los
problemas de una entidad son leves, lo que significa que ésta es capaz de volver
a una situación de solvencia en un plazo máximo de dos años.
Entre las medidas estarán, por ejemplo, pedir el cese de algunos de los
miembros del consejo de administración, la convocatoria de junta, la posibilidad
de inyectar bonos convertibles en acciones, o que el Banco de España
sustituya la dirección por el FROB.
B) Actuación de reestructuración. Se tomarán cuando se trata
de entidades viables y rentables, pero que tienen problemas puntuales y que, en
un plazo de entre dos y cinco años, son capaces de devolver las ayudas.
¿Cómo se le puede ayudar? Por ejemplo, inyectando capital de forma puntual.
También prevé la venta de algún área de negocio.
C) Resolución ordenada. Es el peor escenario posible y se
producirá cuando la entidad no sea capaz de devolver las ayudas en un plazo
determinado.
La medida más drástica en este caso será la liquidación de la entidad, algo
que no contempla el Gobierno para los próximos meses. El mecanismo consistiría
en dividir en dos partes al banco para separar la buena de la mala (que iría,
precisamente, al banco malo).
2. Cambios (y más poder) para el FROB
Según el ministro, con el real decreto ley se dota al Frob de un capital y
una capacidad de endeudamiento de 120.000 millones de euros, frente
a los 99.000 millones actuales.
A partir de ahora, el organismo tendrá nueve miembros que formarán la
comisión rectora. Estará formada por representantes del Ministerio
de Economía y Competitividad, de Hacienda y Administraciones
Públicas y del Banco de España y contará con un director general nombrado por
Economía, con plenas funciones ejecutivas.
Por otro lado, Guindos ha reconocido que el Fondo de Garantía de Depósitos
(FGD) solo se va a dedicar a proteger los ahorros. Según ha confirmado, "el FGD
se va a centrar en la garantía y en el aval de los depósitos de los ahorradores.
Ésta será su única misión", a diferencia de las competencias que había asumido
hasta ahora en la recapitalización de las entidades.
3. Reparto de los costes
Este tercer punto se resume en el reparto de la carga cuando una entidad
afronte sus problemas y deba afrontar el coste de la reestructuración y
liquidación.
"Se trata de que sean los accionistas y los acreedores (bonistas) de las
entidades quienes paguen, y no los constribuyentes. Así se minimiza el impacto
en los recursos públicos", ha reconocido Guindos.
Ahora bien, el ministro ha puntualizado en que esto "únicamente se aplica a
las preferentes y a la deuda subordinada". Es decir, a los productos financieros
catalogados como complejos.
De
esta forma, como explica la agencia Europa Press, los titulares de
preferentes y deuda subordinada se verán obligados a asumir parte de las
pérdidas de una entidad en crisis con el objetivo de reducir al máximo posible
el coste de la reestructuración para el contribuyente.
Guindos también ha explicado que se determinará en términos de valor presente
el descuento aplicado y se sustituirá por otro producto diferente como acciones,
bonos o depósitos. Y que estos instrumentos se canjearán a precio de mercado más
una diferencia máxima de un 10%.
4. Creación del banco malo
Se crea una entidad de gestión de activos (el famoso banco malo) que "compra
los activos tóxicos (dañados) de los bancos. Así, los bancos sanean su balance y
pueden centrarse en su negocio: dar créditos. Después, ese banco malo agrupa
dichos activos para luego venderlos", ha explicado Guindos.
En esta Sociedad de Gestión de Activos (banco malo) "el Frob tendrá una
participación minoritaria y tendrá poderes para actuar antes de finales de
noviembre".
De momento, quedan flecos por atar, como qué tipo de activos se van a
transferir o a qué precios. No obstante, Guindos ha adelantado que el
objetivo es que el 'banco malo' sea viable, que no genere pérdidas ni
impacte en el contribuyente, y que se desprenda de los activos tóxicos
"en un plazo de diez-quince años, cuando habrá otra coyuntura
económica".
En cuanto al tipo de activos, Guindos ha puntualizado que entre ellos estará
el crédito promotor problemático.
5. Protección de los pequeños inversores
Guindos reconoce que en los últimos años "se han vendido muchos productos
financieros complejos para el pequeño ahorrador". Ahora se va a exigir que, "en
cualquier colocación, exista un tramo elevado de inversores profesionales
(institucionales) que acudan a dicha emisión. En concreto, el 50%".
Además, se establece un mínimo de inversión de 100.000 euros para cuando la
emisión la realice una entidad no cotizada y de 25.000 euros para las cotizadas.
También se concede más poder a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (el
regulador de la bolsa) y obliga a las entidades a aclarar qué productos son
complejos y cuáles no.
6. Más exigencias de capital
Por último, el sexto pilar de la nueva reforma financiera es elevar el nivel
de solvencia de todas las entidades del 8% al 9%, una cota que hasta ahora solo
ha sido exigida a los cinco gigantes del sector: Banco Santander, BBVA, La
Caixa, Banco Popular y Bankia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario